Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 32
En vigor desde 16 ago 1997
El Gobierno de Canarias establecerá mediante reglamento, un sistema de ayudas económicas que se estimen más adecuadas para los que accedan como alumnos a la Academia Canaria de Seguridad, tanto en los cursos de selección a Policía y demás empleos, como en aquellos de perfeccionamiento, especialización y reciclaje.
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Proeli/es-cn/l/1997/07/04/6#art-32