Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 26
En vigor desde 13 nov 1997
Se entiende por integración social, el proceso de incorporación a la comunidad de personas provenientes de la red asistencial de atención a drogodependientes que se encuentren en proceso de rehabilitación.
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Proeli/es-mc/l/1997/10/22/6#art-26