Título TÍTULO III

Art. 11

En vigor desde 6 feb 1996
Los conflictos que surjan entre los voluntarios y las organizaciones en el ejercicio de las actividades propias de voluntariado se dirimirán por la jurisdicción competente, de conformidad con lo establecido en las normas procesales.
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eli/es/l/1996/01/15/6#art-11

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