Título TÍTULO III
Art. Disposición transitoria primera
En vigor desde 29 jul 1985
El Parlamento nombrará, en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de esta Ley, los miembros del Consejo de Cuentas, de acuerdo con el procedimiento establecido.
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Proeli/es-ga/l/1985/06/24/6#disposicion-transitoria-primera