Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO XIII
Art. Disposición adicional octava
En vigor desde 1 ene 2000
Se añade un nuevo apartado 12 a la disposición transitoria tercera de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, con la siguiente redacción:
«12. La presente disposición transitoria se aplicará a los contratos de arrendamiento de local de negocio para oficina de farmacia celebrados antes del 9 de mayo de 1985 y que subsistan el 31 de diciembre de 1999.»
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Proeli/es/l/1999/12/29/55#disposicion-adicional-octava