Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. Disposición adicional vigésima séptima
En vigor desde 1 ene 1999
A lo largo de 1999, el Ministerio de Economía y Hacienda elaborará un estudio sobre las disfunciones de financiación local de aquellos municipios cuyo territorio esté ocupado en más de dos tercios por terrenos o instalaciones de titularidad pública no municipal, como instalaciones militares o parques naturales y, por ello, exento del pago de impuestos locales, a los efectos de determinar la posible adopción de medidas compensatorias en la próxima reforma de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/l/1998/12/30/50#disposicion-adicional-vigesima-septima