Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. Disposición adicional vigésima segunda
En vigor desde 1 ene 1999
Dentro de las Escalas de Personal Científico Investigador del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, la Escala de Colaboradores Científicos pasará a denominarse Escala de Científicos Titulares.
Todas las referencias a la Escala de Colaboradores Científicos contenidas en las disposiciones normativas vigentes quedarán sustituidas por la nueva denominación de Escala de Científicos Titulares.
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Proeli/es/l/1998/12/30/50#disposicion-adicional-vigesima-segunda