Art. Disposición adicional vigésima segunda
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO VIII

Art. Disposición adicional vigésima segunda

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En vigor desde 1 ene 1999
Dentro de las Escalas de Personal Científico Investigador del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, la Escala de Colaboradores Científicos pasará a denominarse Escala de Científicos Titulares. Todas las referencias a la Escala de Colaboradores Científicos contenidas en las disposiciones normativas vigentes quedarán sustituidas por la nueva denominación de Escala de Científicos Titulares.
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