Art. Disposición adicional quinta

En vigor desde 10 nov 2024
Las administraciones competentes promoverán medidas para el fomento de la aplicación al personal bombero forestal del procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales regulado por el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.
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