Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 94
En vigor desde 8 sept 2022
Las instalaciones de titularidad municipal que sean financiadas total o parcialmente por el Principado de Asturias serán puestas a disposición de la misma para la realización de actividades de interés autonómico.
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Proeli/es-as/l/2022/06/29/5#art-94