Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO I

Art. 76

En vigor desde 8 sept 2022
1. Las selecciones autonómicas asturianas representan al Principado de Asturias en las correspondientes competiciones deportivas. Estas selecciones podrán utilizar los himnos y símbolos oficiales del Principado de Asturias y de la federación deportiva correspondiente. 2. La elección de los deportistas que integren las selecciones autonómicas asturianas corresponde a las federaciones deportivas, de conformidad con lo establecido en las normas reglamentarias federativas.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-as/l/2022/06/29/5#art-76

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil