Título TÍTULO III

Art. 49

En vigor desde 29 mar 2023
A los efectos previstos en la presente ley, serán responsables las personas titulares de las prestaciones que incurran en las acciones u omisiones tipificadas como infracciones en los artículos siguientes.
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eli/es-cn/l/2022/12/19/5#art-49

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