Título TÍTULO III

Art. 52

En vigor desde 29 mar 2023
Son infracciones muy graves: a) El falseamiento de los datos o cualquier otra maquinación fraudulenta para obtener, conservar o aumentar el importe de las prestaciones. b) La reiteración de cualquier infracción grave. c) El desplazamiento fuera de la Comunidad Autónoma de Canarias de cualquier miembro de la unidad de convivencia, por tiempo superior a noventa días naturales al año sin haber comunicado ni justificado con carácter previo su salida de Canarias.
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eli/es-cn/l/2022/12/19/5#art-52

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