Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria sexta

En vigor desde 5 abr 2025
Los procedimientos de obtención de licencias y autorizaciones iniciados y no concluidos a la entrada en vigor de esta ley, serán resueltos conforme a las previsiones de la legislación vigente en el momento de su resolución. Se modifica por el .28 de la Ley 2/2025, de 2 de abril. Ref. BOE-A-2025-10884#a7-11 Se modifica por el .38 de la Ley 3/2023, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-1373

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eli/es-cb/l/2022/07/15/5#disposicion-transitoria-sexta

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