Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 23

En vigor desde 22 sept 2022
La escala autonómica aplicable a la base liquidable general será la siguiente: Base liquidable – Hasta euros Cuota íntegra – Euros Resto base liquidable – Hasta euros Tipo aplicable – Porcentaje 0,00 0,00 13.000,00 9,50% 13.000,00 1.235,00 8.100,00 12,00% 21.100,00 2.207,00 14.100,00 15,00% 35.200,00 4.322,00 24.800,00 18,50% 60.000,00 8.910,00 En adelante 22,50% Se modifica por el .1 del Decreto-ley 7/2022, de 20 de septiembre. Ref. BOJA-b-2022-90287 Téngase en cuenta que esta modificación surte efectos desde el 1 de enero de 2022, según establece la disposición final 2 del citado decreto-ley.

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eli/es-an/l/2021/10/20/5#art-23

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