Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria cuarta

En vigor desde 27 ago 2019
Las áreas prioritarias de conservación establecidas en los planes de recuperación o de conservación aprobados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley tendrán la consideración de áreas críticas para una especie.
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eli/es-ga/l/2019/08/02/5#disposicion-transitoria-cuarta

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