Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición adicional cuarta

En vigor desde 16 ene 2019
1. El personal funcionario de administración general y el personal docente no universitario de la Administración Autonómica, así como el personal estatutario y funcionario de las instituciones sanitarias del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, que precise la utilización de un perro de asistencia, tiene derecho a ausentarse del trabajo durante el tiempo que dure el periodo de formación orientado a proporcionar los conocimientos y habilidades necesarios para afrontar el proceso de adaptación de la unidad de vinculación. 2. El permiso será retribuido y este personal comunicará con carácter previo la realización del curso y aportará la justificación correspondiente.
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eli/es-cm/l/2018/12/21/5#disposicion-adicional-cuarta

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