Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 95
En vigor desde 27 jun 2018
El plazo de resolución y notificación de los procedimientos sancionadores a que se refiere esta ley es de un año, a contar desde la fecha del acuerdo de inicio del expediente.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/2018/06/19/5#art-95