Título TÍTULO III

Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 28 dic 2018
El protocolo de exhumaciones regulado en el artículo 5, deberá aprobarse en el plazo de seis meses a partir de la constitución de la Comisión Técnica de la Memoria Histórica.
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eli/es-cn/l/2018/12/14/5#disposicion-adicional-segunda

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