Libro PARTE FINAL

Art. Disposición adicional 1

En vigor desde 31 mar 2017
1. A efectos de lo dispuesto por la legislación de contratos del sector público, las modificaciones de contratos administrativos que se lleven a cabo durante el ejercicio presupuestario de 2017 derivadas de la aplicación de las medidas de estabilidad presupuestaria se entienden realizadas por razones de interés público. 2. Los pliegos de cláusulas administrativas de las nuevas contrataciones deben incorporar las previsiones requeridas por la legislación de contratos del sector público respecto a la eventual modificación o resolución contractual con motivo de la aplicación de las medidas de estabilidad presupuestaria que correspondan.
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eli/es-ct/l/2017/03/28/5#disposicion-adicional-1

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