Libro PARTE CUARTA›Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO XI
Art. 228
En vigor desde 31 mar 2017
Se modifica la letra d del apartado 1 del artículo 6 de la Ley 10/1997, de 3 de julio, de la renta mínima de inserción, que queda redactada del siguiente modo:
«d) Que tengan una edad comprendida entre los veinticinco años y la edad ordinaria de jubilación, o que no lleguen a los veinticinco años en los casos siguientes: que tengan menores o personas con disminución a su cargo, o que se encuentren en situación de desamparo o de riesgo social, de acuerdo con las condiciones que se determinen por reglamento.»
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2017/03/28/5#art-228