Título TÍTULO IV

Art. Disposición transitoria segunda

En vigor desde 26 oct 2017
El órgano minero competente dispondrá del plazo de un año, a partir de la entrada en vigor de la presente ley, para convocar los correspondientes concursos de los derechos mineros caducados con anterioridad.
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eli/es-ga/l/2017/10/19/5#disposicion-transitoria-segunda

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