Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 57
En vigor desde 28 abr 2015
1. El Registro de Entidades Deportivas de Castilla-La Mancha es el órgano administrativo adscrito a la Consejería competente en materia de deportes encargado de la inscripción de las entidades deportivas reguladas en esta ley.
2. El Registro de Entidades Deportivas de Castilla-La Mancha es público y toda persona tiene derecho a consultarlo en los términos previstos para el acceso a registros públicos en la normativa básica del Estado y con respeto a la protección de datos de carácter personal.
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Proeli/es-cm/l/2015/03/26/5#art-57