Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Los clubes deportivos
Art. 46
En vigor desde 28 abr 2015
Los estatutos serán la norma de carácter interno aprobada por procedimiento democrático en la que se regulará el régimen orgánico y de funcionamiento así como el régimen económico de los clubes deportivos. El contenido mínimo de los estatutos se establecerá reglamentariamente.
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Proeli/es-cm/l/2015/03/26/5#art-46