Art. 46
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Los clubes deportivos

Art. 46

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En vigor desde 28 abr 2015
Los estatutos serán la norma de carácter interno aprobada por procedimiento democrático en la que se regulará el régimen orgánico y de funcionamiento así como el régimen económico de los clubes deportivos. El contenido mínimo de los estatutos se establecerá reglamentariamente.
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