Capítulo CAPÍTULO XXVI

Art. 151

En vigor desde 1 ene 2014
Se modifica el artículo 6 de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, integral contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana, que queda redactado como sigue: «Artículo 6. Concepto de agresor. A los efectos de esta ley se entenderá por agresor: 1. El hombre causante de cualquiera de los actos contrarios a esta ley referidos en el presente título. 2. A cualquier persona causante de las manifestaciones de violencia sobre la mujer contenidas en el artículo 3, apartados 5 y 6, de la presente ley.»
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eli/es-vc/l/2013/12/23/5#art-151

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