Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición transitoria segunda

En vigor desde 14 nov 2013
Hasta que entren en vigor las normas reglamentarias que desarrollen los cuerpos previstos en la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha, las referencias de esta ley al Cuerpo de Letrados y al Cuerpo Superior Jurídico deben entenderse hechas a la Escala Superior de Letrados y al Cuerpo Superior de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, respectivamente. De igual forma, las referencias realizadas al título de Licenciado en Derecho o su correspondiente en Grado, se adecuarán a lo dispuesto en la normativa sobre educación.
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