Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 14 nov 2013
1. Quedan derogadas las siguientes disposiciones: a) La Ley 4/2003, de 27 de febrero, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. b) Todas las normas de igual o inferior rango que contradigan o se opongan a lo dispuesto en esta ley. 2. El Decreto 128/1987, de 22 de septiembre, de organización y funciones del Gabinete Jurídico, permanecerá en vigor, en lo que no contradiga a la presente ley, hasta que se produzca el desarrollo reglamentario de la misma.
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eli/es-cm/l/2013/10/17/5#disposicion-derogatoria-unica

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