Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Consentimiento informado

Art. 17

En vigor desde 9 ene 2011
Deberá obtenerse el consentimiento previo del paciente para la intervención aunque éste haya renunciado al derecho a ser informado conforme a lo establecido en el artículo 9.
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eli/es-cm/l/2010/06/24/5#art-17

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