Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Medidas Provisionales

Art. Disposición transitoria cuarta

En vigor desde 9 ago 2009
El acondicionamiento acústico de aulas deberá adaptarse a lo estipulado en la presente ley en un plazo máximo de tres años a partir de su entrada en vigor.
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eli/es-cl/l/2009/06/04/5#disposicion-transitoria-cuarta

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