Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 3.ª Medidas Provisionales
Art. Disposición adicional tercera
En vigor desde 9 ago 2009
1. La Junta de Castilla y León, para apoyar el desarrollo de las actuaciones previstas en esta ley, promoverá la correspondiente colaboración económica con las Corporaciones Locales.
2. La Junta de Castilla y León dispondrá ayudas económicas destinadas a la implantación en las empresas de programas, procedimientos y tecnologías destinados a la prevención, reducción y control de sus emisiones sonoras.
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Proeli/es-cl/l/2009/06/04/5#disposicion-adicional-tercera