Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 3.ª Medidas Provisionales
Art. Disposición adicional octava
En vigor desde 9 ago 2009
Las Administraciones Públicas promoverán instrumentos, planes y sistemas de movilidad y ordenación del tráfico, urbanismo y ordenación del territorio, y de regulación de horarios, que integren lo estipulado en esta ley para la mejora de la calidad acústica ambiental.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/2009/06/04/5#disposicion-adicional-octava