Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 12
En vigor desde 11 jul 2009
El Sistema Público de Servicios Sociales asegura la acción coordinada entre las diferentes Administraciones con participación en el mismo y se estructura en dos niveles de atención, constituidos por los servicios sociales generales y los servicios sociales especializados definidos en la Ley.
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Proeli/es-ar/l/2009/06/30/5#art-12