Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO 5

Art. 68

En vigor desde 13 ene 2021
Los servicios de atención, asistencia y protección establecidos por el título III deben facilitar el acceso de las mujeres provenientes del mundo rural y de zonas de difícil acceso a centros que pueden estar lejos de sus lugares de origen y residencia, aplicando criterios de máxima proximidad a su residencia y garantizando su anonimato. Se modifica por el de la Ley 17/2020, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2021-464#a2-3

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eli/es-ct/l/2008/04/24/5#art-68

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