Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VISecc. Sección 2.ª Gestión de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma

Art. 90

En vigor desde 28 ago 2007
1. El reconocimiento de la obligación es el acto mediante el que se declara la existencia de un crédito exigible contra la Hacienda Pública Autonómica, derivado de un gasto aprobado y comprometido, y comporta la propuesta de pago correspondiente. 2. El reconocimiento de obligaciones con cargo a la Hacienda Pública autonómica se producirá previa acreditación documental ante el órgano competente de la realización de la prestación o el derecho del acreedor de conformidad con los acuerdos que en su día aprobaron y comprometieron el gasto. 3. El titular de la Consejería competente en materia de Hacienda, a propuesta de la Intervención General de la Comunidad Autónoma, determinará los documentos y requisitos que, conforme a cada tipo de gastos, justifiquen el reconocimiento de la obligación.
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eli/es-ex/l/2007/04/19/5#art-90

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