Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición adicional cuarta

En vigor desde 1 may 2006
La obligación de comparecer ante la comisión correspondiente del Congreso de los Diputados, prevista en el apartado 1 del artículo 2 de esta Ley, será aplicable al Fiscal General del Estado, por lo que se modificará, en dicho sentido, la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, que regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
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eli/es/l/2006/04/10/5#disposicion-adicional-cuarta

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