Título TÍTULO V

Art. 40

En vigor desde 23 abr 2003
La modificación o pérdida de condición de ruta o vía verde por parte de la Comunidad Autónoma de La Rioja, implica la desafectación del servicio público, respectivamente, del tramo antiguo modificado o de la totalidad de la misma y confiere derecho de reversión, conforme a las normas generales de expropiación forzosa vigentes, a los titulares de los bienes o derechos que hubieren sido expropiados en su día para la construcción de aquélla.
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eli/es-ri/l/2003/03/26/5#art-40

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