Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 29
En vigor desde 22 dic 2001
Son causas de extinción de la condición de personal estatutario fijo.
a) La renuncia del interesado.
b) La pérdida de la nacionalidad española o, en su defecto, de los requisitos de nacionalidad exigidos por la normativa básica estatal.
c) La sanción disciplinaria de separación del servicio.
d) La pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público o para el ejercicio de la correspondiente profesión.
e) La jubilación.
f) La invalidez.
Tus anotaciones
ProBORM-s-2001-90010#art-29