Art. Disposición transitoria tercera

En vigor desde 8 ago 1998
Los cargos electos, las autoridades académicas electas y los representantes de los diferentes colectivos universitarios del campus de Cartagena quedarán en funciones, en el ámbito de la nueva Universidad, a la entrada en vigor de las previsiones del Decreto de transferencias. A partir de ese momento, se procederá a la renovación de dichos cargos.
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eli/es-mc/l/1998/08/03/5#disposicion-transitoria-tercera

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