Art. Disposición transitoria sexta

En vigor desde 8 ago 1998
Finalizado el cuarto curso académico, la Universidad Politécnica de Cartagena procederá a la elección de su claustro constituyente. El claustro elegirá al Rector de la Universidad Politécnica de Cartagena antes de que finalice el siguiente curso académico y elaborará los Estatutos de la Universidad en el plazo máximo de un año a partir de la toma de posesión del Rector.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-mc/l/1998/08/03/5#disposicion-transitoria-sexta

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil