Libro LIBRO I›Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Órganos de gobierno
Art. 14
En vigor desde 1 ene 2002
El presidente o presidenta y el vicepresidente o vicepresidenta del ente son nombrados por el Gobierno, a propuesta del consejero o consejera de Política Territorial y Obras Públicas.
Se modifica por el .2 de la Ley 21/2001, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2002-1485 .
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/1998/04/17/5#art-14