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Art. 10

En vigor desde 6 may 1998
Integran el dominio público portuario adscrito a Puertos de la Generalidad los puertos, las dársenas y las instalaciones marítimas que se enumeran en el anexo y los que se le adscriban por acuerdo del Gobierno.
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eli/es-ct/l/1998/04/17/5#art-10

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