Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 3

En vigor desde 7 jul 2017
Quedan fuera del ámbito de aplicación de esta ley, rigiéndose por su normativa específica: a) La caza. b) La pesca. c) La fauna silvestre. d) Los animales de producción, los de parques zoológicos. e) Los animales utilizados con fines de experimentación u otros fines científicos, incluyendo la educación y la docencia. f) Los animales utilizados en espectáculos taurinos y en escuelas taurinas. Se modifica por el .2 de la Ley 2/2017, de 4 de julio. Ref. BOE-A-2017-9778

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eli/es-cl/l/1997/04/24/5#art-3

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