Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 60
En vigor desde 6 nov 1997
1. El gobierno y administración municipal corresponden al Ayuntamiento, integrado por el Alcalde y los Concejales.
2. Los Concejales son elegidos mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto y el Alcalde es elegido por los Concejales o por los vecinos, todo ello en los términos que establezca la legislación electoral general.
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Proeli/es-ga/l/1997/07/22/5#art-60