Art. Disposición final primera
En vigor desde 11 jul 1989
Se autoriza a la Junta de Consejeros de la Comunidad de Castilla y León para que dicte las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo de esta Ley.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/1989/06/27/5#disposicion-final-primera