Art. Artículo diecisiete

En vigor desde 5 may 1981
Será pública la acción para exigir ante los Órganos administrativos y los Tribunales Contencioso-Administrativos la estricta observancia de las normas de protección de este Parque Nacional.
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eli/es/l/1981/03/25/5#articulo-diecisiete

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