Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición transitoria primera
En vigor desde 25 dic 2002
Las exenciones concedidas a las entidades a las que se refiere el artículo 2 de esta Ley, al amparo de la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General, mantendrán su vigencia durante un período de dos años a partir de la entrada en vigor de esta Ley.
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Proeli/es/l/2002/12/23/49#disposicion-transitoria-primera