Título TÍTULO VII
Art. Disposición transitoria cuarta
En vigor desde 13 ene 2010
Hasta la entrada en vigor del desarrollo reglamentario correspondiente, siguen vigentes los principios de registro, precio de adquisición, correlación de ingresos y gastos y entidad contable, establecidos en el Plan General de Contabilidad Pública, aprobado por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 6 de mayo de 1994.
Asimismo, hasta dicha fecha, el estado de cambios en el patrimonio neto y el estado de flujos de efectivo se sustituirán por la información prevista en la memoria de dicho Plan y su normativa de desarrollo; y el balance de resultados y el informe de gestión formarán parte del estado de liquidación del presupuesto.
Se añade, con efectos de 1 de enero de 2010, por la disposición final 5.8 de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-20765 Se añade, con efectos de 1 de enero de 2009, por la disposición final 10.13 de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2008-20744
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2003/11/26/47#disposicion-transitoria-cuarta