Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª Principios y efectos que gobiernan la modificación del sistema monetario

Art. 6

En vigor desde 1 ene 1999
La sustitución de la peseta por el euro, en los términos previstos en esta Ley, no produce alteración del valor de los créditos o deudas, cualquiera que sea su naturaleza, permaneciendo su valor idéntico al que tuvieran en el momento de la sustitución, sin solución de continuidad.
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eli/es/l/1998/12/17/46#art-6

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