Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 9
En vigor desde 3 ene 2008
El Programa de Desarrollo Rural Sostenible será de aplicación en los términos municipales del medio rural que estén integrados en las zonas rurales delimitadas y calificadas como tales, de acuerdo con lo previsto en el artículo siguiente.
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Proeli/es/l/2007/12/13/45#art-9